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Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez

Es un aporte en dinero que el Estado entrega para complementar, mes a mes, las pensiones de quienes reciben montos muy bajos. Comenzó beneficiando a quienes reciben $70 mil o menos, y a contar de julio de 2009 tendrán derecho quienes reciban una pensión igual o menor a $120 mil.

La Presidenta Michelle Bachelet  en su discurso del 21 de mayo adelantó la gradualidad del sistema de Pensiones Solidarias. Gracias a ello, las personas que reciban pensiones menores a $150 mil podrán recibir un APS de Vejez a contar del 1 de septiembre de 2009, cubriendo así el 50% de la población, lo que incluye a miles de hogares de clase media.

Requisitos APS de vejez:

1. Recibir una pensión (IPS, AFP, Compañía de Seguros o pensión de sobrevivencia) menor a $70 mil, y a contar de julio de 2009 menor a $120 mil.

2. Tener 65 años o más (Hombres y mujeres).

3. Haber vivido al menos 20 años en Chile.

4. Tener un puntaje igual o inferior a 11.734 en Ficha de Protección Social y a contar de julio de 2009, igual o inferior a 12.185 puntos.

Una vez que la persona cumple con TODOS LOS REQUISITOS, el APS de Vejez se convierte en un DERECHO garantizado por el Estado que puede solicitar el potencial beneficiario en cualquier IPS (ex INP) o en su AFP, si está afiliado a una.